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A vueltas con el CERSE

24 marzo 2021

 

Imagen: Ministerio de Trabajo y Economía Social

 

El 9 de marzo se publicó el Real Decreto 144/2021, por el que se modifica el Real Decreto 221/2008, de 15 de febrero, por el que se crea y regula el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas (CERSE). A partir de ahora, este órgano podrá emitir informes y elaborar estudios, ya sea en cumplimiento de un mandato legal o a solicitud del Gobierno o por iniciativa propia, aunque no tendrán carácter vinculante.

 

Si el pasado verano, DIRSE y otras organizaciones del sector nos reuníamos con la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ahora futura vicepresidenta tercera del Gobierno de España para anunciarnos su intención de revitalizar el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas (CERSE) e impulsar una nueva Estrategia Nacional de Responsabilidad Social (ver), hace unos días encontrábamos una nueva noticia que nos daba esperanzas. El pasado 9 de marzo se publicaba el Real Decreto 144/2021, por el que se modifica el Real Decreto 221/2008, de 15 de febrero a propuesta del ministerio de Trabajo y Economía Social, por el que se creó y reguló el CERSE.

 

El CERSE, consejo del que DIRSE forma parte desde sus orígenes, es un órgano colegiado interministerial, de carácter asesor y consultivo del Gobierno en materia de Responsabilidad Social, de composición cuatripartita y paritaria que llevaba años pendiente de renovación. En él están representadas las distintas administraciones públicas, las organizaciones empresariales y sindicales además de otras instituciones del ámbito de la Responsabilidad Social de las Empresas.

 

Hace un año aproximadamente, se inició un proceso de consultas sobre el proyecto de Ley (periodo de aportaciones abierto en la primavera de 2020) que concluye con este RD 144/2021 y que permitirá avanzar en la labor de este consejo y agilizar su funcionamiento para cumplir de manera más eficaz sus funciones. Las modificaciones más importantes del texto pretenden:

 

Clarificar sus funciones: el CERSE podrá emitir informes y elaborar estudios, ya sea en cumplimiento de un mandato legal o a solicitud del Gobierno o por iniciativa propia, pero no tendrán carácter vinculante.

Facilitar su funcionamiento, en particular en lo que respecta a la toma de decisiones, agilizando el cumplimiento de sus funciones: incluye la reducción del número de reuniones ordinarias mínimas (pasan de carácter trimestral, a tener carácter anual); y, sobre todo, ya no será necesario adoptar las decisiones por unanimidad, bastará con la mayoría simple.

Incorporar los cambios producidos en la estructura, competencias y denominaciones de los departamentos ministeriales (actualización nomenclaturas) y ampliar los vocales de cada uno de los tipos de los grupos representativos (organizaciones empresariales, sindicales, de la sociedad civil con reconocido prestigio en la materia y de las Administraciones Públicas) de 12 a 14 vocales cada una.

Incorporar la perspectiva de género, a través de la composición paritaria del CERSE, de la inclusión de asociaciones, consejos u organizaciones del ámbito de la igualdad, y del empleo de lenguaje no sexista.

Ver Real Decreto

 

Todavía se desconoce cuándo se harán los nombramientos de los nuevos vocales, el procedimiento para su selección y cuándo se hará la primera convocatoria del CERSE, aunque esperamos que no se retrase mucho. También estaremos atentos al diseño de una nueva Estrategia Nacional de RSE, tras la evaluación de la estrategia anterior.

 

 

La constitución del CERSE responde al objetivo de agrupar en el mismo órgano a representantes de los distintos grupos de interés vinculados a la responsabilidad social de las empresas. Su finalidad es el impulso y fomento de las políticas de Responsabilidad Social de las empresas, constituyendo el marco de referencia para el desarrollo de esta materia en España.

 

Este organismo desempeña funciones como la promoción de la responsabilidad social de las empresas, en particular de las pequeñas y medianas, así como la realización de cualquier otra actividad que se le encomiende en dicho ámbito de actuación. Por ejemplo, el diseño, gestión y seguimiento de programas y ayudas para la difusión y fomento de la responsabilidad social de las empresas.

 

 

 

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